Si tu casero te quiere colar esta condición en el contrato de alquiler, no la aceptes

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El panorama del mercado de alquiler en España atraviesa una de sus peores etapas, con precios desorbitados que rondan los 13 euros por metro cuadrado y una oferta extremadamente limitada, especialmente en las grandes ciudades. A esto se suman unas condiciones de arrendamiento que, en muchos casos, resultan abusivas para los inquilinos.

Ante esta realidad, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha identificado una serie de errores comunes que suelen cometer los arrendatarios al firmar contratos de alquiler. Uno de los más frecuentes es pagar el alquiler por adelantado sin haber visitado previamente la vivienda. Es fundamental inspeccionar personalmente el estado del inmueble y verificar que esté registrado en la base de datos del Catastro.

Inventario detallado al entrar en una vivienda Otra equivocación habitual es no formalizar un contrato por escrito, confiando únicamente en acuerdos verbales. Esto deja al inquilino en una posición vulnerable, ya que la escritura es la que garantiza sus derechos. Además, al momento de tomar posesión del inmueble, es esencial elaborar un inventario completo de todos los elementos que se encuentran en la vivienda. Tomar fotografías o grabar vídeos del estado de cada espacio puede ser una medida muy útil para evitar disputas posteriores.

La urgencia por encontrar un lugar para vivir también lleva a algunos inquilinos a aceptar condiciones ilegales o injustas. Un ejemplo de ello es asumir gastos que no les corresponden, como el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o los gastos de la comunidad, salvo que estén claramente estipulados en el contrato junto con la cantidad exacta. Desde mayo de 2023, la Ley de Arrendamientos prohíbe además que se carguen los honorarios de la agencia inmobiliaria al inquilino.

Fianzas y límites en la subida de precios En cuanto a la fianza, la OCU advierte que no debe exceder los tres meses de renta. Cualquier pago relacionado con el alquiler debe estar documentado, por lo que es imprescindible conservar todos los recibos. Asimismo, los arrendatarios deben estar atentos a cláusulas que permitan incrementos desmesurados del alquiler cada año. En la actualidad, la subida máxima permitida es del 2% en 2023 y del 3% en 2024. Aunque en casos de pequeños propietarios, este límite puede negociarse si se ofrecen mejoras importantes, como la renovación de mobiliario.

La OCU recuerda que es esencial conocer y defender los derechos como inquilinos para evitar caer en acuerdos abusivos y, sobre todo, mantenerse alerta frente a prácticas que van en contra de lo establecido por la ley.