La OCU ya te da consejos para que no se te metan okupas en casa

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Uno de los mayores temores para los propietarios que alquilan sus viviendas es encontrarse en una situación en la que el inquilino no pague la renta, pero no pueda ser desalojado debido a su situación de vulnerabilidad económica. Este problema, conocido como "inquiokupación", plantea dilemas tanto para los arrendadores como para los inquilinos en dificultades, y ha generado un debate sobre cómo las administraciones deberían manejar estos casos.

En muchos de estos escenarios, si el inquilino enfrenta problemas financieros y no abandona el inmueble, el proceso de desahucio puede quedar en pausa si se alega vulnerabilidad económica, incluso si el contrato de alquiler ha expirado. Este tipo de situaciones, a menudo, afecta a pequeños propietarios que dependen de los ingresos del alquiler para cubrir sus propios gastos, lo que añade una capa de complejidad al problema.

La nueva Ley de Vivienda ha fortalecido la protección de aquellos inquilinos que se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad económica y no pueden pagar el alquiler. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esto incluye a familias cuyo gasto en alquiler, suministros básicos y otros gastos del hogar supera el 35% de sus ingresos netos. También entran en esta categoría quienes han perdido su empleo o están en un ERTE, así como los autónomos que han visto reducidos sus ingresos en al menos un 40%.

En estos casos, si un tribunal dicta una sentencia de desahucio con fecha para el lanzamiento, el inquilino puede solicitar una suspensión temporal argumentando su vulnerabilidad, lo que activará la intervención de los servicios sociales para evaluar la situación y presentar un informe al juez. No solo los inquilinos pueden encontrarse en una posición vulnerable; los propietarios también pueden estar en una situación similar, y deberían exponer su caso al tribunal.

El Estado como responsable en la crisis de vivienda

La OCU subraya que, ante un mercado de alquiler cada vez más tensionado y con precios en constante aumento, la solución al problema de la vivienda debe provenir de las administraciones públicas. No basta con ofrecer ayudas directas; es necesario invertir en la construcción de viviendas protegidas y en la redistribución de inmuebles públicos para aumentar el parque de vivienda en alquiler. De esta manera, las personas más vulnerables tendrían acceso a viviendas asequibles sin cargar la responsabilidad exclusivamente sobre los arrendadores privados.

Diez claves para prevenir la "inquiokupación", según la OCU

  1. Elegir inquilinos solventes: Solicitar justificantes de ingresos estables, como nóminas o declaraciones de renta, y consultar registros de morosos como FIM o BDMI puede prevenir futuros problemas.

  2. Desconfianza de pagos elevados por adelantado: Un pago excesivo anticipado podría indicar una intención de no cumplir con los pagos regulares en el futuro.

  3. Fijar una renta razonable: La renta no debería superar el 30% de los ingresos del inquilino para garantizar que pueda asumir el pago.

  4. Establecer un contrato de arrendamiento equilibrado: Es crucial que el contrato proteja tanto los derechos del arrendador como del inquilino.

  5. Exigir garantías: Se puede solicitar un mes de renta como fianza, dos meses como garantía adicional y un avalista si es necesario.

  6. Asegurar la responsabilidad del inquilino sobre los suministros: Poner los contratos de electricidad, gas y agua a nombre del inquilino para que sea responsable de su pago.

  7. Comunicar impagos de forma inmediata: Notificar al inquilino cualquier falta de pago por medios que dejen constancia, como correo electrónico o WhatsApp.

  8. Activar el seguro de impago si se tiene contratado: En caso de que persista el impago, dar parte al seguro para que inicie el proceso de reclamación.

  9. Reclamar formalmente con burofax: Si el inquilino sigue sin pagar, enviar un burofax detallando las deudas y estableciendo una fecha límite para el pago.

  10. Instar el desahucio si no hay respuesta: Si no hay reacción al burofax, se debe iniciar un juicio para solicitar el desahucio y reclamar las cantidades adeudadas. Tras 30 días de impago acumulado, si se presenta la demanda, el proceso de desahucio no podrá detenerse.

Conclusión: La "inquiokupación" es un problema que no solo afecta a inquilinos en dificultades, sino también a arrendadores que dependen de los ingresos del alquiler. Es fundamental que las administraciones implementen medidas que no perjudiquen a ninguna de las partes, ofreciendo alternativas de vivienda y soluciones de asistencia social. Mientras tanto, los propietarios deben tomar todas las precauciones necesarias para evitar caer en situaciones complicadas.