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Condenan a un hospital de Sevilla a pagar 112.500 euros por diagnosticar dos años tarde un cáncer de pulmón

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar a una paciente sevillana con 112.500 €, más intereses legales, por diagnosticarle un cáncer de pulmón con dos años de retraso. El caso ha sido defendido por la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

La historia se remonta a 2017, cuando Doña P.A.R., de 49 años, comenzó a sufrir episodios de tos seca. A raíz de estos síntomas, acudió en numerosas ocasiones a su ambulatorio y al servicio de Urgencias del Hospital Virgen de Valme (Sevilla). A pesar de sus visitas frecuentes, siempre recibió diagnósticos diversos sin mayor importancia: bronquitis, asma, faringitis, gripe, etc. En 2018, se le realizó una radiografía de pulmón que mostraba signos patológicos, pero estos pasaron desapercibidos.

Finalmente, en 2020, se le diagnosticó con un retraso de dos años un adenocarcinoma de pulmón.

El juzgado sevillano ha condenado al SAS, estimando lo argumentado por la dirección letrada de la paciente y por el perito, quienes sostuvieron que de haberse anticipado el diagnóstico en dos años, el pronóstico habría sido significativamente mejor. Los diagnósticos tardíos en oncología suelen implicar tratamientos más agresivos y una menor perspectiva y calidad de vida, lo que subraya la importancia de un diagnóstico precoz.

Sin embargo, como es habitual en la jurisdicción contenciosa, el juzgado solo reconoció una pérdida de oportunidad debido al retraso en el diagnóstico, incrementando en un 25% el riesgo para la paciente. La sentencia es singular ya que considera que el daño debe valorarse como si la paciente hubiera fallecido, calculando la cuantía en un procedimiento aparte, en ejecución de sentencia.

Dª. Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, criticó: “Queremos poner el foco en dos aspectos muy importantes que se repiten en materia de retrasos diagnósticos oncológicos. Uno es la falta de coordinación entre los distintos servicios públicos, pese a estar dotado el SAS de un sistema informático, y en un momento donde se está trabajando con potentes motores de IA. En la práctica, las asistencias están deslavazadas. No existe un sistema ni voluntad de mejorar este aspecto para tener una visión objetiva de la sintomatología y el tiempo que la viene padeciendo el enfermo oncológico. Una paciente con un cuadro de tos que no remite en más de dos años debería haber hecho saltar todas las alarmas”.

Asimismo, Dª. Carmen Flores añadió: “La segunda crítica, reiterada desde ‘El Defensor del Paciente’, es sobre las escasas cuantías indemnizatorias dadas en la jurisdicción contenciosa, muy obsoleta, y con una dinámica procesal que por sistema beneficia a la Administración. No es de recibo las cuantías reparadoras que dan a los pacientes; personas que han pasado por un calvario asistencial con consecuencias nefastas, y a las que se revictimiza con escasas reparaciones”.

Este caso pone de relieve la necesidad de mejorar la coordinación y eficacia en el diagnóstico temprano de enfermedades graves dentro del sistema de salud público, así como una revisión de las indemnizaciones otorgadas para reflejar de manera justa el sufrimiento y las consecuencias para los pacientes.