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El Ministerio de Defensa intenta que no reconozcan como «muerte de servicio» el fallecimiento de un guardia civil por fiebre de Crimea-Congo

El Juzgado Central Contencioso Administrativo nº4 de Madrid ha emitido una sentencia el 7 de mayo de 2024, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, que reconoce el fallecimiento de Don F.J.G.G., guardia civil del SEPRONA, debido a la fiebre de Crimea-Congo durante un acto de servicio. La sentencia es firme al no haber sido recurrida por el Ministerio de Defensa.

Reconocimiento de Enfermedades Profesionales para Clases Pasivas

Aunque no se trata de un caso de mala praxis médica, esta sentencia es pionera al ser la primera en reconocer que el listado de enfermedades profesionales de la Seguridad Social debe aplicarse también a las clases pasivas del Estado, incluidas las Fuerzas Armadas. Este reconocimiento es significativo para el sistema de seguridad social en España.

Detalles del Caso

Don F.J.G.G., de 51 años, comenzó a principios de junio de 2022 a experimentar cansancio y sueño excesivo, síntomas que atribuyó a astenia primaveral y estrés. Continuó trabajando en su puesto como guardia civil del SEPRONA en la zona del Bierzo. El 17 de junio, debilitado y con dificultades para caminar, acudió a su médico de familia, quien lo derivó de inmediato al servicio de urgencias del hospital. La evolución de su condición fue rápida y negativa, falleciendo el 19 de junio de 2022. La autopsia confirmó que la causa de muerte fue fiebre hemorrágica Crimea-Congo, una enfermedad transmitida por garrapatas.

Implicaciones de la Sentencia

La sentencia establece que las enfermedades profesionales reconocidas en la Seguridad Social deben ser aplicadas también a los trabajadores de las clases pasivas del Estado, específicamente a la Guardia Civil. En España, el sistema de reconocimiento de enfermedades profesionales se basa en una «lista de enfermedades», donde si una enfermedad figura en esta lista, se presume automáticamente que su etiología es laboral. Esta presunción facilita el diagnóstico y disminuye el margen de error al no requerir prueba del nexo causal.

Por primera vez, esta presunción se aplica a un miembro de las Fuerzas Armadas, en este caso, un guardia civil del SEPRONA, reconociendo que su fallecimiento ocurrió en acto de servicio debido a una enfermedad profesional contraída al desempeñar sus funciones de conservación de la naturaleza.

Comentarios y Opiniones

La sentencia critica el intento del Ministerio de Defensa de romper la relación causal presuntiva entre la enfermedad y el trabajo realizado por el guardia civil. Al aplicar la presunción de etiología laboral, se establece que el fallecimiento fue en acto de servicio, ya que las enfermedades infecciosas transmitidas por animales, como la fiebre Crimea-Congo, están reconocidas como enfermedades profesionales para los trabajadores en conservación de la naturaleza.

Dª Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, comentó: «La sentencia es muy positiva porque evita que se produzca trato discriminatorio para los funcionarios públicos y miembros de las Fuerzas Armadas en comparación con el personal laboral. Va más allá del caso concreto al establecer por primera vez la máxima protección para estos funcionarios, reconociendo sus enfermedades profesionales sin necesidad de probar la relación causal, dado que se contraen en las tareas propias de sus respectivos trabajos.»

Esta sentencia marca un precedente importante en la protección de los derechos de los funcionarios públicos y miembros de las Fuerzas Armadas, asegurando que sus enfermedades profesionales sean reconocidas y tratadas con la misma seriedad que las del personal laboral.