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Quiere una plaza de aparcamiento de 15.000 euros y Tecnocasa le pide más de 1.000 de comisión

En el sector inmobiliario, las prácticas de cobro de comisiones están siendo cuestionadas por los consumidores, como refleja la experiencia de un comprador insatisfecho con el servicio recibido por varias agencias inmobiliarias. Según su testimonio, al intentar invertir en plazas de garaje en distintas zonas, se encontró con una política de tarifas que considera abusiva y aleatoria, destacando la disparidad en las comisiones que le fueron solicitadas, las cuales variaban significativamente dependiendo de la oficina y la zona.

Por ejemplo, en una transacción con un precio de 15,000 euros, se le pidió una comisión de 1,000 euros más IVA. En otra operación, por una plaza valorada en 28,000 euros, la comisión ascendía a 1,500 euros más IVA, y en una tercera, donde el precio era de 19,900 euros, la comisión era desproporcionadamente alta: 3,000 euros más IVA.

Este comprador, frustrado con estas prácticas, ha decidido no volver a trabajar con esas agencias y buscar alternativas que no impongan cargos adicionales al comprador. Adicionalmente, menciona un incidente con Fotocasa, plataforma en la que había compartido su opinión negativa. Según relata, Fotocasa solicitó la retirada de su comentario, lo cual plantea interrogantes sobre la transparencia y la honestidad en las reseñas online.

Este caso resalta la importancia de exigir claridad en las políticas de comisiones y refuerza la necesidad de que los consumidores demanden acuerdos por escrito que especifiquen cualquier cargo adicional antes de formalizar una transacción. Así, se busca mayor transparencia y equidad en un mercado que a menudo parece favorecer a los intermediarios por encima de los intereses de compradores y vendedores.

LO QUE COBRA

«De forma orientadora, los honorarios de intermediación a satisfacer corresponderán, en el caso del comprador con el 3 % (+ IVA al 21% o + IGIC al 7%) del precio de venta del inmueble, y en el caso del arrendatario, en supuestos de arrendamientos de uso distinto del de vivienda, con el importe equivalente a una mensualidad de renta (+ IVA al 21 % o + IGIC al 7%)», dicen desde Tecnocasa.